Buenos Aires, 11 Nov. 09 (AICA)
Ante el avance de los proyectos de ley que prevén el suministro de la denominada “píldora del día después”, en forma gratuita y sin dilación, a las víctimas de violencia sexual que pudiesen quedar embarazadas, la Corporación de Abogados Católicos reclamó a los diputados “el inmediato archivo” de esa iniciativa sobre el aborto químico.
En un comunicado con la firma de su vicepresidente en ejercicio de la presidencia Eduardo Sambrizzi, y la secretaria Guillermina M.C. de Fuschini Mejía, la organización letrada lamentó que los legisladores estén empeñados en "llevar adelante ese macabro propósito" y que hayan olvidado que "la vida inocente es intangible y que debe ser preservada desde el instante de la concepción".
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Las comisiones de Salud, Familia y Presupuesto de la Cámara de Diputados se expidieron favorablemente en los expediente 0390-D-08 y 1319-D-08 respecto de los proyectos unificados que prevén el suministro de las denominadas “píldoras del día después” para víctimas de violencia sexual que pudieren quedar embarazadas.
La iniciativa dispone que las píldoras deberán ser entregadas gratuitamente y sin dilación alguna por “todos los establecimientos de salud públicos y las Obras Sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que tuvieren”.
El 13 de marzo de 2007, ante una iniciativa análoga, el Consorcio de Médicos Católicos expidió una declaración aprobada en forma unánime en la que precisó que bajo la denominación de “anticoncepción de emergencia” las mencionadas píldoras son abortivas porque actúan “fundamentalmente impidiendo la implantación del embrión en la mucosa del útero. Por lo tanto, a ese embrión –ser vivo y persona humana- la madre lo expulsará de su organismo como material de descarte, como si se tratara de una menstruación. Eso, en lenguaje médico –concluye la declaración- es simplemente un aborto”.
El proyecto aprobado por las referidas comisiones de la Cámara de Diputados se encuentra en pugna con preceptos de superior jerarquía normativa. Porque, como lo ha expresado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva, y que resulta garantizado por la Constitución Nacional, derecho presente desde el momento de la concepción, reafirmado con la incorporación de tratados internacionales con jerarquía constitucional (Fallos: 302: 1284; 310: 112; 323: 1339). Sobre el punto baste recordar la ley 23.849, cuyo art. 2°, al aprobar la Convención sobre los Derechos del Niño, declaró que el art. 1° de ese instrumento internacional “debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad”. Con esta reserva, “en las condiciones de su vigencia”, la Convención adquirió jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 C.N.), declarando su artículo 6°, sin admitir ninguna excepción, que “todo niño tiene derecho intrínseco a la vida”.
La Corte Suprema ratificó su doctrina sobre la intangibilidad de la vida inocente en el precedente publicado en Fallos 325: 2292, oportunidad en que hizo lugar a una acción de amparo promovida por la asociación “Portal de Belén” para que se prohibiera la distribución de la “píldora del día después”. Sostuvo el Tribunal que tal medicamento constituía “una amenaza efectiva e inminente al bien jurídico primordial de la vida que no es susceptible de reparación ulterior”, agregando más adelante que “todo método que impida el anidamiento debería ser considerado como abortivo”.
Ante una doctrina judicial tan categórica, resulta sorprendente que ahora se pretenda desconocerla promoviendo desde algunas comisiones de la Cámara de Diputados el aborto químico, a escala nacional, y obligando a distribuir la “píldora del día después” a todos los agentes sanitarios, públicos y privados Los legisladores que se encuentran empeñados en llevar adelante ese macabro propósito han olvidado que la vida inocente es intangible y que debe ser preservada desde el instante de la concepción.
Por todo lo expuesto, la Corporación de Abogados Católicos solicita a la Cámara de Diputados de la Nación el inmediato archivo del proyecto.
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