Los participantes del XVII Congreso Nacional por la Cultura de la Vida, que se realizó en la diócesis de Santa Rosa, provincia de La Pampa, renovaron su compromiso con “la promoción y defensa del derecho a la vida humana desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, como el derecho humano primordial y condición para el ejercicio de los demás derechos”. Tras denunciar que “observamos una manipulación del lenguaje, forma moderna de esclavitud, que busca reducir a las personas a la categoría de cosas”, advirtieron sobre la globalización de la “ideología de género”. que “permitiría a las personas el ejercicio sin límites de su sexualidad”. También recordaron que “está comprobado que las uniones homosexuales no tienen las mismas competencias exitosas que la familia fundada en el matrimonio heterosexual, particularmente en lo que se refiere a la crianza de los niños”, alertaron que todo método anticonceptivo que “atente contra la vida del nuevo ser es abortivo”, y reiteraron que “aborto es el asesinato de un ser humano inocente e indefenso. No existe ningún pretexto para matar a un inocente”. Los asistentes al Congreso adhirieron y proclamaron los siguientes postulados, comprometiéndose a:
1. Promover y defender los derechos humanos, fundados en la común e inmutable naturaleza humana. Esos derechos pertenecen a todo ser humano -por ello dotado de la personalidad jurídica-, con independencia del reconocimiento estatal, y sin que los invaliden circunstancias como falta de autonomía, enfermedad, vejez, carencia de algunas facultades, etc. Los derechos humanos son universales –es decir que deben ser respetados siempre, en todo lugar y bajo cualquier circunstancia-, e inalienables.
2. Promover y defender la dignidad de toda persona humana, sin distinciones de raza, credo, sexo, posición social, etc. Como consecuencia de ello, se propone el máximo desarrollo humano posible, en todos los aspectos que constituyen la persona humana.
3. Promover y defender la familia como célula básica de la sociedad. La familia se funda en el matrimonio indisoluble de un varón y una mujer. El matrimonio requiere el libre y pleno consentimiento de los cónyuges. La actividad sexual sólo se justifica en el contexto del matrimonio.
4. Promover y defender el derecho a la vida humana desde el momento de la concepción (comienzo de la penetración del espermatozoide en el óvulo), hasta la muerte natural, como el derecho humano primordial y condición para el ejercicio de los demás derechos.
5. Promover y defender el deber-derecho de educación de los hijos, que corresponde natural y primariamente a los padres. Este derecho incluye la formación religiosa o moral en toda escuela, conforme a las convicciones de los progenitores. El Estado en materia educativa sólo tiene una función subsidiaria.
6. Promover y defender la valoración pública del respeto por el cuerpo masculino y femenino y el pudor público, como factores sociales ordenadores del instinto sexual.
7. Promover y defender la valoración de la maternidad como bien social y personal. El Estado y la sociedad deben reconocer la función insustituible de la mujer madre y educadora, tanto para el desarrollo integral de los hijos, como para el progreso espiritual y material de la sociedad.
8. Promover y defender políticas públicas, centradas en la dignidad de la familia y la persona, que les aseguren las condiciones políticas, culturales, sociales y económicas adecuadas, tanto para el libre ejercicio de sus derechos y responsabilidades, como para alcanzar su pleno desarrollo.
9. Promover y gerenciar centros de acogida de la mujer embarazada en situación de conflicto; y a la mujer que ha abortado. 10. Promover y divulgar los métodos naturales de regulación de la fertilidad humana, por ser los únicos que –utilizados dentro del matrimonio y por causa justificada-, se condicen con la dignidad de la sexualidad humana y el adecuado respeto de los cónyuges.
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