Los lobbies abortistas siguen presionando a través de su maquinaria jurídica a los países que no facilitan el libre aborto. En este caso, le ha tocado el turno a Kenia que ha visto como un bufete de abogados estadounidense con intereses abortistas ha presentado un informe reivindicando el aborto en este país. Del mismo modo, Occidente sigue presionando a Latinoamérica para que abra sus leyes al aborto. Nicaragua es la última víctima de esta presión ejercida, en este caso, a través de la ONU.
La Catholic Family and Human Rights Institue (C-FAM), con sede en Washington y Nueva York, explica en su página web que durante la sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas Nicaragua fue sometida a una fuerte presión ejercida conjuntamente por los países de las Naciones Unidas debido a la penalización del aborto que la Asamblea Nacional del país latinoamericano aprobó de forma unánime cuatro años atrás.
A pesar de que evidencias iniciales demuestran que la prohibición del aborto ha contribuido a disminuir los índices de mortalidad materna, Nicaragua se ha convertido en el blanco de la ofensiva internacional y del control de las agencias de la ONU, de los países donantes y de las organizaciones no gubernamentales.
El mes pasado, dicha nación fue sometida al Examen Periódico Universal, por el que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU (organismo intergubernamental de las Naciones Unidas compuesto por cuarenta y siete Estados encargados de analizar las violaciones a los derechos humanos y efectuar recomendaciones al respecto) inspecciona el registro de derechos humanos de todos los Estados Miembros. Los países son examinados cada cuatro años a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas en esta materia.
En el Examen, Nicaragua defendió su legislación pro-vida al informar que “las transformaciones legales [...] son el resultado del ejercicio de la soberanía” y fueron adoptadas por mayoría parlamentaria en la Asamblea General. Nicaragua afirmó que la prohibición del aborto “no se trata de un asunto de carácter religioso”, sino de soberanía, ya que “la mayoría de los ciudadanos nicaragüenses consideran que es importante el derecho a la vida del no nato”.
Antes de que Nicaragua fuera sometida al Examen Periódico Universal, Amnistía Internacional (AI) lanzó una campaña en la que solicitó a otros países que presionaran a Nicaragua para que revocara la ley vigente en contra del aborto. Amnistía dijo que “Los Estados Miembros de la ONU deben aprovechar esta oportunidad para hacer que Nicaragua rinda cuentas de una ley que viola los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la dignidad”.
Kenia, en el centro de las miradas
A pesar de que evidencias iniciales demuestran que la prohibición del aborto ha contribuido a disminuir los índices de mortalidad materna, Nicaragua se ha convertido en el blanco de la ofensiva internacional y del control de las agencias de la ONU, de los países donantes y de las organizaciones no gubernamentales.
El mes pasado, dicha nación fue sometida al Examen Periódico Universal, por el que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU (organismo intergubernamental de las Naciones Unidas compuesto por cuarenta y siete Estados encargados de analizar las violaciones a los derechos humanos y efectuar recomendaciones al respecto) inspecciona el registro de derechos humanos de todos los Estados Miembros. Los países son examinados cada cuatro años a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas en esta materia.
En el Examen, Nicaragua defendió su legislación pro-vida al informar que “las transformaciones legales [...] son el resultado del ejercicio de la soberanía” y fueron adoptadas por mayoría parlamentaria en la Asamblea General. Nicaragua afirmó que la prohibición del aborto “no se trata de un asunto de carácter religioso”, sino de soberanía, ya que “la mayoría de los ciudadanos nicaragüenses consideran que es importante el derecho a la vida del no nato”.
Antes de que Nicaragua fuera sometida al Examen Periódico Universal, Amnistía Internacional (AI) lanzó una campaña en la que solicitó a otros países que presionaran a Nicaragua para que revocara la ley vigente en contra del aborto. Amnistía dijo que “Los Estados Miembros de la ONU deben aprovechar esta oportunidad para hacer que Nicaragua rinda cuentas de una ley que viola los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la dignidad”.
Kenia, en el centro de las miradas
El Centro de Derechos Reproductivos (CDR), organización de asesoría legal de interés público con sede en Nueva York que se propone extender el acceso al aborto en todo el mundo, publicó, a principios de este mes, un informe titulado “In Harm’s Way: The Impact of Kenya’s Restrictive Abortion Law”. El informe y su correspondiente video (que fue destacado por la CNN esta semana) fueron publicados previamente en una reunión paralela del CDR durante la sesión de la Comisión de la ONU sobre la Situación de la Mujer Beijing +15.
Dicho informe guarda estrecha relación con otro, también publicado por el CDR, que fue diseñado a modo de guía para la defensa y el litigio en pos de la liberalización del aborto en África. En él se reconoce el enorme problema de la mortalidad materna en Kenia, pero se ofrece como única solución la ampliación del acceso a la planificación familiar que incluye el aborto “seguro” y legal: “El aborto riesgoso cobra las vidas de cientos de mujeres keniatas cada año. Sus muertes son absoluta y fácilmente prevenibles”.
Como lo hizo en sus informes precedentes, el CDR afirma en esta oportunidad que existe un derecho al aborto fundamentado en los tratados internacionales, en las declaraciones de los comités que supervisan su cumplimiento, y en las “leyes blandas”. No obstante, ningún tratado internacional menciona el aborto y, si bien los comités de supervisión pueden aconsejar, sólo los Estados Partes de un tratado pueden interpretar conjuntamente el alcance de los derechos en ellos contemplados.
La fecha de los informes del CDR coincide con la elaboración de una nueva constitución para Kenia, que actualmente incluye una disposición por la cual “la vida de una persona comienza en el momento de la concepción”, aunque también ha habido borradores en los que se incluían excepciones que podrían generar grandes lagunas jurídicas a favor del aborto.
Según lo estipulado en la actual legislación keniata, el aborto está permitido sólo si peligra la vida de la madre, para lo cual se requiere que tres “profesionales médicos” den su consentimiento formal. También hay excepciones para los casos de violación y por cuestiones de “salud” de la madre en el derecho común, pero, por lo general, no se las observa.
Dicho informe guarda estrecha relación con otro, también publicado por el CDR, que fue diseñado a modo de guía para la defensa y el litigio en pos de la liberalización del aborto en África. En él se reconoce el enorme problema de la mortalidad materna en Kenia, pero se ofrece como única solución la ampliación del acceso a la planificación familiar que incluye el aborto “seguro” y legal: “El aborto riesgoso cobra las vidas de cientos de mujeres keniatas cada año. Sus muertes son absoluta y fácilmente prevenibles”.
Como lo hizo en sus informes precedentes, el CDR afirma en esta oportunidad que existe un derecho al aborto fundamentado en los tratados internacionales, en las declaraciones de los comités que supervisan su cumplimiento, y en las “leyes blandas”. No obstante, ningún tratado internacional menciona el aborto y, si bien los comités de supervisión pueden aconsejar, sólo los Estados Partes de un tratado pueden interpretar conjuntamente el alcance de los derechos en ellos contemplados.
La fecha de los informes del CDR coincide con la elaboración de una nueva constitución para Kenia, que actualmente incluye una disposición por la cual “la vida de una persona comienza en el momento de la concepción”, aunque también ha habido borradores en los que se incluían excepciones que podrían generar grandes lagunas jurídicas a favor del aborto.
Según lo estipulado en la actual legislación keniata, el aborto está permitido sólo si peligra la vida de la madre, para lo cual se requiere que tres “profesionales médicos” den su consentimiento formal. También hay excepciones para los casos de violación y por cuestiones de “salud” de la madre en el derecho común, pero, por lo general, no se las observa.