sábado, 26 de julio de 2008

ONU: DERECHOS HUMANOS, SOLO CAMBIAN LAS CARAS

El Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, anunció que nombrará a la sudafricana Navanethem "Navi" Pillay como Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en reemplazo de la canadiense Louis Arbour (NG 679, 878)
En principio Estados Unidos había objetado el nombramiento, entre otras cosas por la posición abortista de Pillay, pero según la BBC (25-07-08), ante lo inevitable del nombramiento las impugnaciones fueron levantadas.
Pillay presidió el Tribunal Penal de la ONU para Ruanda hasta que en 2003 se incorporó a la Corte Penal Internacional. Por su gestión como presidenta del tribunal para los crímenes de guerra de Ruanda, que definió los crímenes de género, fue premiada por la Asociación Internacional de Magistradas y la Federación Internacional de Magistradas; hizo su panegírico Carmen Argibay, quien tiempo después al ser nominada para jueza de la Corte Suprema de Argentina, se definió como atea militante y abortista, (Boletín Counter Balance Internacional, vol 7, n° 1, 2001).
Pillay como miembro del Board of Directors de la ONG Equality Now participó en las Conferencias de El Cairo (1994) y en la de Beijing (1995). Equality Now es actualmente una de las ONG abortistas que presiona a Polonia para conseguir que se liberalice la ley que permite el aborto. La ONG recibe fondos del George Soros' Open Society Institute y de la Ford Foundation, entre otras fuentes.
Cabe señalar que la nueva Alto Comisionado llega a su oficina con mucho más poder que sus dos antecesoras, Mary Robinson y Louis Arbour, ya que desde hace pocos meses oficialmente los Comités de seguimiento de los tratados de Derechos Humanos de la ONU dependen de ella.
Estos Comités de seguimiento son la usina que genera la perversión de los derechos humanos, por ejemplo, la universalización del llamado “derecho al aborto”; los supuestos derechos de las minorías sexuales; la abolición de la objeción de conciencia de los médicos, políticos, funcionarios, etc. Oponerse a estos “nuevos derechos” sería justiciable por la Corte Penal Internacional. (vid. NG 568, 708, 874 y sus ref). FIN, 25-07-08.
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