“La ley o la jurisprudencia podrán ampliar los márgenes de la no imputabilidad del aborto para algunos casos. Lo que nunca podrán hacer es anular su carácter de acto gravemente desordenado: un mal objetivo. Siempre constituirá una injusticia que lesiona profundamente a la sociedad”, advirtió el arzobispo de Mendoza, monseñor José María Arancibia, al referirse al caso de una niña de 12 años embarazada tras una violación, que reabrió el debate ético y jurídico sobre el aborto.
El prelado mendocino valoró que la sociedad se haya puesto “masivamente” a favor de la víctima del abuso, y reclamó que esa familia debe recibir “todo el apoyo del Estado y la sociedad entera”.
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Un caso doloroso de violencia sexual sufrida por una menor ha encendido nuevamente el debate ético y jurídico sobre el aborto. Algunas consideraciones al respecto.
1. El punto de vista de la víctima. La sociedad, masivamente, se ha puesto a favor de la víctima del abuso. Es muy buena señal. Nunca haremos lo suficiente para prevenir estos casos. La familia debe recibir todo el apoyo del estado y la sociedad entera. Y de modo estable. Los cristianos tenemos un mandato específico de Cristo al respecto. La condición de minoridad de la víctima nos debe llevar a todos a extremar la prudencia, el respeto y la delicadeza al tratar esta dolorosa situación humana.
2. El punto de vista de la mujer. Las voces de las mujeres y de su experiencia de maternidad también se han hecho oír. Es bueno que así ocurra. La perspectiva del genio femenino es imprescindible para superar miradas meramente especulativas y calculadoras que hacen de estos hechos un “caso” para la información o para la presión de los intereses de grupo.
3. El punto de vista del niño por nacer. El fruto de toda concepción es un ser humano. El más inocente e indefenso. Resulta también una víctima potencial. La voz de la razón es clara: el derecho a la vida es el derecho humano fundamental, presupuesto además de todos los demás derechos. No existe, por tan-to un derecho al aborto o, en este caso, un presunto derecho a decidir sobre el propio cuerpo. El niño por nacer es un sujeto personal, distinto de los demás, incluida la mujer que lo ha concebido.
La ley o la jurisprudencia podrán ampliar los márgenes de la no imputabilidad del aborto para algunos casos. Lo que nunca podrán hacer es anular su carácter de acto gravemente desordenado: un mal objetivo. Siempre constituirá una injusticia que lesiona profundamente a la sociedad.
Gracias a Dios, nunca faltará la voz de la conciencia que no solo quiere cumplir la ley sino, por encima de todo, realizar lo que es justo, bueno y verdadero.
La convergencia de estos puntos de vista nos dará la clave para obrar en justicia.
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