"Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona". (Art. 3 Declaración Universal de los Derechos Humanos)
Cuando respondemos a la pregunta ¿qué es la vida humana?, de forma implícita respondemos también a la pregunta previa ¿qué es el hombre? Sin embargo, nos empreñamos en construir diferentes hipótesis sobre nosotros mismos, y seguimos construyéndolas hasta que la verdad nos traspasa mediante el dolor causado por la realidad inevitable de la muerte.
¡Cuánto más cuando se trata de la muerte de un niño o de una niña que, por fallas u omisiones de los adultos, encuentra la muerte súbita y se corta de tajo su futuro promisorio! Me refiero al dolor causado a todos en este país por la deplorable y desoladora muerte de varias decenas de niños en una guardería (centro de cuidado de infantes) situada en Hermosillo, Sonora.
La memoria de la muerte no permite a la razón jugar con la vida como si fuera una baraja de cartas. El dolor espiritual, llamado sufrimiento, se convierte en una magna quesito (San Agustín), es decir, en una ineludible pregunta sobre el sentido de su propia vida y, por tanto, sobre la identidad de su propio ser.
Sólo Dios sabe quién es el hombre, y entre los hombres, como diría Platón, sólo saben aquellos en los que Él se complace. El hombre, cuya mirada se extiende hasta un horizonte así, descubre la grandeza de su propia identidad y el valor de su vida. Al estar ‘grabado en las palmas de las manos de Dios’, el hombre posee una dignidad y una grandeza ontológica y no solo ética o cultural.
¿Qué es el hombre? ¿Qué pensador no se ha hecho esta pregunta? ¿No será que el hombre está hecho de tal manera que tiene necesidad de que otro lo defina, que le dé razón de su ser y de su destino? El Salmo 8,1 nos dice: "Señor Dios nuestro, ¿qué es el hombre para que te acuerdes de él?".
La dignidad humana no puede ser entendida sólo como una conquista. Muchas han sido las definiciones que a través de la historia se han dado del hombre: animal racional, animal político, animal social, animal simbólico, animal proletario, animal técnico y tantas otras. Lo que se aprecia es que ninguna definición sola, ni todas juntas, dan razón todavía de quién sea el ser humano.
El ser humano es más que todas ellas juntas, es más que todo método y más que toda ciencia. También Cristo da una definición del hombre, seguramente la más arriesgada y profunda que jamás haya sido dada en la historia: "dioses sois" (Jn 10, 34).
Esta definición responde a la concepción del hombre en el pensamiento hebreo: "Hagamos al hombre a nuestra imagen y semejanza" (Gen. 1, 26). Para el pensamiento cristiano, el hombre no es, pues, imagen de sí mismo, ni del mundo, ni de la sociedad como, lo quería Jean Paul Sartre, sino del Sujeto Absoluto.
Deseo sugerir el principio de la primacía de la vida como fundamento normativo de toda política del Estado. En el fondo de este principio se encuentra el reconocimiento de que toda persona tiene derecho a la vida, generalmente entendida como un derecho a ser libre de violencia mortal, mutilación y tortura.
"Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus posesiones..." (Art 14, Constitucional). El derecho a no ser asesinado, mutilado o torturado está también asentado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el que la vida precede tanto a la libertad como a la búsqueda de la felicidad. Esto está reflejado en principios tales como: "..todos somos hijos de Dios", y en la noción judía de que aquel que salve un alma es como si hubiese salvado al mundo entero.
Algunos tienden a conceptuar la mejora de la seguridad –o la protección a la vida– como antítesis de los derechos civiles o individuales. En cuanto a esto, cada nación debe luchar constantemente por deslindar hasta qué punto la preservación de la vida humana debe avanzar sin socavar los derechos legales y políticos. Sin embargo, no se debe pasar por alto la primacía del derecho a la vida.
Amitai Etzioni(1) nos dice que actualmente gran parte de la ética se piensa en función de la ‘jerarquía’ entre dos bienes, en lugar de la determinación de cuál está bien y cuál está mal. Si pensamos que salvar vidas y proteger los derechos legales y políticos son realmente dos bienes significativos, la gente se rehúsa a escoger entre los dos e insisten en que ambos pueden apoyarse. Sin embargo, la pregunta es: ¿Qué puede hacerse si no pueden ser ambos patrocinados simultáneamente?
La provisión de seguridad básica –asegurar el derecho a la vida– es precedente, precisamente porque todos los demás derechos son dependientes al derecho a la vida, mientras que este no depende de ningún otro derecho. Esto es verdad en la medida en que cuando el derecho a la seguridad es violado, todos los demás derechos son puestos en riesgo.
He aquí la realidad de los graves acontecimientos en una guardería infantil, olvidada por incumplimiento, descuido, ineficiencia, ineptitud, injusticia, soberbia e ignorancia de quienes ostentan la responsabilidad pública del estado.
El hecho trágico es que muy a menudo los poderes que rigen la vida pública ni siquiera se abocan a la protección de la vida humana. Gobernar no significa otorgar o no el permiso para vivir, sino ayudar a los demás a vivir.
Un filósofo nos diría: Los componentes de quienes están en el poder son demasiado débiles para poder vivir sorprendidos por el acontecimiento del ser, y de forma especial por el acontecimiento de la identidad del hombre; se esconden en ese mundo abstracto en el que todo, incluidos el nacimiento y la muerte, representa un producto de la razón pura y de la razón ensimismada en ella, no conocen el don.(2) En cambio, quien sabe mirar dentro del rostro del hombre, conoce el don de la vida.
(1) Amitai Etzioni. A right above all others. 2008.
(2) Stanislav Griygiel. Para mirar al cielo. En: ¿Qué es la vida? A Scola, U. Cat. De Chile, 1999.
Norma Mendoza Alexandry
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