martes, 6 de octubre de 2009

COMUNICADO DE PRENSA DE LA SENADORA LILIANA NEGRE Y DE LA DIPUTADA IVANA BIANCHI

En la Jornada “Más información, menos riesgo. Aborto y derecho a la información”, organizada por Lesbianas y Feministas por la Descriminalización del Aborto y las diputadas Diana Maffía y Gabriela Alegre , realizada en la Legislatura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el día 21 de setiembre, se informó acerca del mes de funcionamiento de la línea telefónica: ¨línea Aborto: más información menos riesgo¨, a través de la cual se brinda asesoramiento práctico para abortar.
Ante este hecho queremos manifestar públicamente que el Sistema Normativo Argentino protege la vida desde el momento de la concepción, ya que desde la Reforma Constitucional del año 1994 el Derecho a la vida fue blindado por nuestra Constitución Nacional con el Articulo 75 inciso 22 al incorporar los tratados internacionales en los que se reconoce la dignidad intrínseca de la persona desde la concepción y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
En tal sentido la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del hombre de 1948, que en su artículo 7 establece: ¨Toda mujer en estado de gravidez o en época de lactancia, así como todo niño, tienen derecho a protección, cuidado y ayuda especiales.¨
La Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, Pacto San José de Costa Rica, en su Artículo 4. Inciso. 1 establece: ¨Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente¨.
Consideramos que, como una política de concreción efectiva de la protección universal de los derechos humanos para todos los hombres y para todas las naciones, la comunidad internacional ha destacado al niño como un sujeto digno de una especial consideración, particularmente, en la Declaración de los Derechos de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño; en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959; y en la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
Convención que fue aprobada por ley 23.849, en el año 1990 y ratificada en sede internacional con la respectiva reserva en la que declara:¨que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad.¨
Que la calidad de persona, como ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, deviene de una prescripción constitucional y para nuestra Constitución y la Legislación Civil y Penal, la vida comienza en el momento de producirse la concepción.
Por lo que consideramos que la difusión de la línea telefónica para abortar, la promoción del Misoprostol como droga para abortar, con los daños que este ocasiona a las mujeres y el asesoramiento a personas desde los 13 años, según se levanta por distintos medios de comunicación masiva, sitúa a sus protagonistas frente a una franca violación a nuestra Constitución y Legislación Penal.
Argentinos Alerta

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