martes, 27 de mayo de 2008

LA "PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE" Y LOS CASOS DE VIOLACIÓN

Human Life International y muchas otras organizaciones y personas provida expresan su profunda preocupación por el suministro del fármaco abortivo, que se conoce como “píldora del día siguiente” (PDS) o Plan B (en EEUU), incluyendo los casos de violación. La preocupación responde también a los intentos, por parte del lobby abortista, de obligar a todos los hospitales, incluyendo los católicos, a dispensar la PDS a las víctimas de la violación [1]. El suministro de la PDS es gravemente inmoral por las siguientes razones:

1. No debiera haber ninguna ambigüedad respecto del efecto abortivo de este fármaco. La información que proporciona el propio fabricante, Barr Pharmaceuticals, no deja lugar a duda alguna de que la PDS puede impedir la implantación del recién concebido bebé en el útero de su madre, causando así un aborto temprano. La etiqueta que acompaña esta píldora dice: “Este producto funciona principalmente impidiendo la ovulación. También puede impedir la fertilización [concepción] de un óvulo que ya ha sido liberado [la unión del óvulo y del espermatozoide] o la anidación de un óvulo fertilizado en el útero [implantación]”.

2. La Pontificia Academia para la Vida emitió una Declaración sobre la así llamada “píldora del día siguiente” el 31 de octubre del 2001, en la cual expresa con toda claridad que “desde el punto de vista ético la misma ilicitud absoluta de los procedimientos abortivos aplica a la distribución, receta e ingestión de la píldora del día siguiente. Todos aquellos, ya sea que compartan o no la intención, que directamente cooperen con este procedimiento son también moralmente responsables del mismo”.

3. También se debe observar que la evidencia médica demuestra que las pruebas de embarazo no se pueden usar para arrojar un resultado exacto en cuanto a detectar el momento de la fertilización, sino hasta después de la implantación, cuando el embrión, es decir, el nuevo ser humano, ya tiene aproximadamente una semana de vida. Ello demuestra que serían necesarias las pruebas de la ovulación. Pero aún éstas presentan graves dificultades, como se deduce de las siguientes observaciones del Dr. John C. Willke, prestigioso líder provida de EEUU y a nivel mundial. Según el Dr. Willke, hay tres posibilidades en el tratamiento de las víctimas de una violación:

a) La víctima no necesitó la PDS, porque era incapaz de quedar embarazada, porque el óvulo no estaba presente. También se sabe que el impacto del trauma impide el embarazo. De hecho, las estadísticas arrojan un porcentaje muy bajo de embarazos en casos de violación. En EEUU, algunos analistas dicen que es alrededor del 5%, pero el Dr. Willke dice que su vasta experiencia investigativa le indica que aún ello es una exageración.

b) La víctima había ovulado, los espermatozoides estaban presentes y la fertilización sí ocurrió. En ese caso, el efecto de las píldoras suministradas sería muy probablemente el de impedir la implantación una semana después, es decir, el de causar un aborto químico.

c) El organismo de la víctima estaba programado para ovular muchas horas o aún días después de la violación. En ese caso, la dosis hormonal posiblemente podría impedir la ovulación y, por consiguiente, también la fertilización, aunque ese efecto ex post facto tampoco se puede verificar definitivamente.

4. Además de ello, aún en el caso de que la prueba de la ovulación haya determinado que ésta no ha ocurrido todavía, queda una grave dificultad. Según el estudio realizado por el Dr. Chris Kahlenborn en el 2003, la píldora anticonceptiva solamente logra detener la ovulación el 50% de las veces. De manera que la fertilización puede ocurrir aún después de que la píldora haya sido suministrada y podría causar un aborto, ya que, además de fallar en detener la ovulación, la píldora debilita la capa que cubre el útero haciendo imposible la implantación, causando así un aborto temprano.

5. Siguiendo a muchos moralistas tradicionales y ortodoxos, es moralmente lícito, en el caso de mujeres violadas, el impedir la concepción por medio un anticonceptivo después del coito, que en circunstancias normales sería gravemente inmoral y pecaminoso. Siguiendo a Noldin-Schmitt [2], a Zalba [3] y a Fernández [4], debemos considerar que es lícito para una mujer el buscar un remedio a la violación sufrida primero por medio de lo que antes se conocía como el “lavado” de todas sus partes íntimas. De la misma manera también parece razonable el uso de productos para destruir los espermatozoides [4]. Evidentemente, estos medios serían lícitos solamente si no hay ningún tipo de riesgo de causar un aborto, como correctamente enfatiza Zalba, lo cual no es el caso de la PDS o el Plan B.

Se trata de un serio problema y debemos esperar en oración por la decisión que tome la Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano.

Este artículo es una adaptación de un documento un poco más extenso de Mons. Ignacio Barreiro Carámbula, Director de la Oficina de Human Life International en Roma, a quien agradecemos profundamente sus observaciones. Además le añadimos las pertinentes observaciones del Dr. Willke, a quien también agradecemos su colaboración.

Notas:

[1]. Véase, por ejemplo, “State Senate to Hold Final Vote This Coming Tuesday 2/26/08 on ‘Chemical Abortion Mandate’”, PharmFacts E-News Update – 21 Feb 2008 #2, Phamacists for Life International.

[2]. H. Noldin, S.J., and A. Schmnitt, S.J., De Sexto Praecepto e de Usu Matrimonii, Editio XXXI, Feliciani Rauch, Oeniponte/Lipsiae, 1940, p. 72.

[3]. Marcellinus Zalba, S.I., Theologiae Moralis Summa, v. II, BAC, Madrid, 1967, p. 147.

[4]. Aurelio Fernández, Violación in Diccionario de Teología Moral, Monte Carmelo, 2005, pp. 1246-1247

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